Se requieren los documentos de viaje adecuados al embarcar y durante el crucero, y obtenerlos es responsabilidad del huésped. No se permitirá que ningún huésped aborde el crucero sin la documentación adecuada, ni se le reembolsará el precio del pasaje
Los documentos deben presentarse en el momento del embarque. Los siguientes requisitos son aplicables a todos los cruceros, excluyendo Europa
Los ciudadanos de Estados Unidos necesitan al menos uno de los siguientes documentos:
- Un pasaporte (vigente, o vencido por menos de 10 años)
- Un acta de nacimiento original, y documento de identificación con foto
- Una copia certificada del acta de nacimiento, emitida por el Departamento de Salud y Estadísticas Vitales, y un documento de identificación con foto
- Los documentos originales de naturalización
Los ciudadanos canadienses necesitan al menos uno de los siguientes documentos:
- Un pasaporte vigente, un acta de nacimiento original, o la copia certificada de un acta de nacimiento y un documento de identificación con foto
Lea a continuación para conocer los NUEVOS requisitos referentes al pasaporte, para los ciudadanos de Estados Unidos y Canadá que viajen después del 30/12/2005:
El martes 5 de abril del 2005, el Departamento de Estado de EE.UU. anunció los detalles de la propuesta "Iniciativa de Viaje en el Hemisferio Occidental". En caso de que se entren en vigor las reglas propuestas, se requerirá que los ciudadanos de Estados Unidos y Canadá lleven consigo un pasaporte para viajar a ciertos países/áreas que anteriormente estaban exentos. La implementación propuesta es la siguiente:
31 de diciembre de 2005 - Se requiere pasaporte para viajar por vía marítima o terrestre al Caribe, Bermudas, Centro y Sudamérica, o desde los mismos
31 de diciembre de 2006 - Se requiere pasaporte para todo viaje por vía marítima o terrestre a México o Canadá, o desde los mismos
31 de diciembre de 2007 - Se requiere pasaporte para cruzar todas las fronteras aéreas, marítimas y terrestres
Una vez finalizadas las normas propuestas (ya sea en la forma actual, o en otra forma modificada) la industria de los cruceros comunicará esta información a nuestros huéspedes y agentes de viaje asociados. Mientras tanto, recomendamos a las personas que hayan hecho planes de viaje para el futuro, y que pudieran verse afectadas por nueva normativa propuesta, que obtengan un pasaporte de inmediato
Puede imprimir el formulario para solicitar su pasaporte, u obtener información adicional del gobierno sobre este tema, visitan http://travel.state.gov/passport.
Para actualizaciones futuras, consulte periódicamente nuestro sitio www.carnivalcruise.com
Los Extranjeros con Residencia Permanente en Estados Unidos necesitan:
- Una Tarjeta Válida de Residente Extranjero Permanente
Los ciudadanos no estadounidenses necesitan:
- Un pasaporte vigente
- Una Visa vigente de Entradas Múltiples a Estados Unidos, según corresponda. Los ciudadanos no estadounidenses que tengan derecho a solicitar la admisión bajo el Programa Piloto de Exención de Visa (Visa Waiver Pilot Program) deben tener un pasaporte válido y vigente
Además de la visa de entradas múltiples, Canadá exige una visa canadiense a extranjeros de ciertas nacionalidades, para los viajes que hacen escala en Canadá
Para los viajes que hacen escala en Bermudas, los extranjeros residentes en Estados Unidos necesitan un pasaporte vigente (o bien un acta de nacimiento y un documento de identificación oficial con fotografía) además de su Tarjeta de Residente Extranjero
Los ciudadanos no estadounidenses deben comunicarse con los consulados correspondientes, la embajada o la oficina de inmigración de los Estados Unidos, para informarse sobre cuáles son los documentos de viaje necesarios. Carnival no asume ninguna responsabilidad de asesorar a los huéspedes sobre los requisitos de Inmigración. Todos los ciudadanos no estadounidenses y residentes permanentes en EE.UU. deberán entregar sus pasaportes y/o Tarjetas de Residente Permanente vigentes en el momento del embarque, y estos documentos se les devolverán una vez concluida la inspección por parte de Inmigración
Los huéspedes que planeen desembarcar en México por más de 24 horas deben obtener, antes de salir de viaje, una Tarjeta de Turista de México de un agente de viaje o del Consulado mexicano, y si desembarcan con menores de edad, deben portar una declaración jurada legalizada de cualquier progenitor ausente, en la que conste el permiso para viajar con el adulto acompañante
Además de los requisitos anteriores, todos los huéspedes mayores de 16 años de edad deberán mostrar un documento de identificación oficial con fotografía. Es importante que los nombres de los huéspedes que aparecen en los documentos de viaje (pasaporte, tarjeta de residente permanente, actas de nacimiento, etc.) coincidan con los que aparecen en los boletos del crucero y de la línea aérea. De lo contrario, deberá presentarse una prueba de cambio de nombre (por ejemplo, una licencia de matrimonio) O BIEN una licencia de conducir válida o un documento de identificación emitido por el gobierno, que incluya fotografía (por ejemplo, un carné militar de EE.UU.) |